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Solicitud de permiso temporal de uso de espacio público para actividades de reactivación económica


En este espacio podrá hacer la Solicitud de permiso temporal de uso de espacio público para actividades de reactivación económica, de conformidad con los lineamientos de la Alcaldía Local de Suba y el Decreto Distrital 552 de 2018.
 

 
Requisitos para el trámite

Radicar la siguiente documentación dentro de los 30 días anteriores a la realización del evento, a través de la página web de la Alcaldía Local de Suba:
 

  • Carta de solicitud de espacio público firmado, donde se detalle información general del solicitantes (nombre completo, documento de identidad, número de contacto y correo electrónico) e información de la actividad (objetivo, dirección, horario, días de funcionamiento, duración de la actividad, número de participantes).
  • Copia del documento de identidad del solicitante

  • Plan de Manejo

  • SUGA de baja complejidad

  • Certificado de residencia expedido por la Secretaría Distrital de Gobierno.

  • Caracterización de participantes Descargar 

 
Información general del trámite
 

  • La Alcaldía Local de Suba dará respuesta a la solicitud para el uso del espacio público en 15 días hábiles.
  • En los espacios gestionados por la Alcaldía Local de Suba no se permite la comercialización de elementos que induzcan al consumo de sustancias psicoactivas.
  • Este trámite no tiene costo y no requiere de ningún intermediario para su gestión.

  • En caso de ser requerido consulte la normativa aplicable.

 
Normatividad aplicable
 

  • Decreto Distrital 552 de 2018. "Por medio del cual se establece el Marco Regulatorio del Aprovechamiento Económico del Espacio Público en el Distrito Capital de Bogotá y se dictan otras disposiciones".

  • Resolución No. 117 de 2021. “Por medio de la cual se prorroga nuevamente la vigencia de la resolución No. 251 de fecha 15 de octubre de 2020 mediante la cual se establecieron disposiciones transitorias en materia de aprovechamiento económico del Espacio público en el Distrito Capital de Bogotá, reglamentado por el Decreto 552 de 2018, reactivación económica a Cielo Abierto.

  • Resolución 118 de 2021. “Por medio de la cual se prorroga la vigencia de la Resolución No. 232 de6 de octubre de 2020 mediante la cual se establecieron disposiciones transitorias en materia de aprovechamiento económico de Espacio Público en el Distrito Capital de Bogotá, reglamentado por el Decreto 552 de 2018, Food Trucks”.

  • Acuerdo Local 003 de 2005. “Por medio del cual se deroga el acuerdo 01 de marzo de 2004 y reglamenta el uso temporal de espacio público, y se determina y relaciona los espacios locales para la celebración de actos culturales, deportivos, recreacionales y de mercados temporales”. 



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En este espacio podrá hacer la Solicitud de permiso temporal de uso de espacio público para actividades de reactivación económica, de conformidad con los lineamientos de la Alcaldía Local de Suba y el Decreto Distrital 552 de 2018.