
La Alcaldía Local de Suba - Fondo de Desarrollo Local (FDLS) - se pronuncia frente al comunicado emitido por la Universidad Nacional de Colombia –
LAB101 sobre el proyecto “Suba Diversa: Fortaleciendo Nuestras Organizaciones”, con el fin de aclarar el estado actual del Convenio Interadministrativo N.º 992 de 2024 y las razones que motivaron el rechazo y reprogramación del segundo desembolso de recursos.
La revisión técnica, jurídica y financiera del radicado presentado por la Universidad Nacional, bajo la factura N.º BOG115300 por un valor de $811.600.000, permitió identificar diferencias y vacíos documentales que, conforme a la ley, deben ser subsanados antes de proceder con la
transferencia de recursos públicos.
Entre las principales observaciones se encuentran:
Ausencia de documentos que acrediten el uso de espacios físicos, entrega de refrigerios y apoyo de transportes para los (as) beneficiarios (as) de los tres componentes.
En consecuencia, el Fondo de Desarrollo Local de Suba emitió el oficio N.º 20256121148241 del 3 de octubre de 2025, mediante el cual notificó formalmente las observaciones a la Universidad Nacional y solicitó los soportes complementarios necesarios para verificar la correcta ejecución de los tres componentes del convenio.
“Las decisiones adoptadas por la Alcaldía Local responden al deber legal de garantizar el uso
transparente de los recursos públicos. Cada desembolso debe estar plenamente soportado y
ajustado al objeto del convenio. Nuestra prioridad es la confianza ciudadana y la correcta
inversión de los recursos. Reiteramos que las actuaciones de esta administración son verificables y se ajustan estrictamente a la normatividad vigente”, afirmó César Salamanca Rojas, alcalde local de Suba.
La Alcaldía Local de Suba aclara que el desembolso se encuentra en revisión preventiva, en aras de garantizar que los pagos se realicen únicamente sobre actividades debidamente comprobadas y verificadas.
Finalmente, la entidad reitera su compromiso con la ejecución transparente de los recursos
públicos y su disposición al diálogo y la articulación con la Universidad Nacional de Colombia y
las organizaciones sociales beneficiarias, con el propósito de garantizar la continuidad del
proyecto en condiciones de legalidad, transparencia y confianza
Sustento jurídico de la decisión
De acuerdo con el análisis de equipo jurídico del Fondo de Desarrollo Local de Suba, no es
posible autorizar el segundo desembolso del Convenio Interadministrativo N.º 992 de 2024
mientras persistan inconsistencias y hasta tanto no se subsanen las observaciones realizadas a
la factura presentada por la Universidad Nacional de Colombia en concordancia a la acreditación de la ejecución de sus obligaciones de conformidad al anexo técnico, análisis de precios, estructura de costos y los demás documentos que integran el convenio.
Previendo la configuración de un daño antijurídico en el proceso de desembolso de los recursos recayendo en escenarios donde se ha identificado la ausencia de documentos que acrediten el uso de espacios físicos, entrega de refrigerios y apoyo de transportes para los (as) beneficiarios(as) de los tres componentes, es imperiosa la implementación de medidas que garanticen la legalidad del procedimiento, la protección del patrimonio público, el respeto por la función administrativa y la sujeción estricta a los principios constitucionales y legales que rigen la contratación estatal, tales como la buena fe, transparencia, economía, responsabilidad, entre
otros.
El desembolso de recursos en la situación actual y sin los debidos soportes materializaría
reproches de tipo disciplinario, fiscal o penal, por lo que se hace indispensable que las
actuaciones públicas se ajusten al principio de eficiencia administrativa, con criterios de
proporcionalidad y razonabilidad, y que cada decisión adoptada se encuentre plenamente
soportada en aspectos verificables, acompañada, de conceptos técnicos y jurídicos, como
también de los respectivos registros administrativos que evidencien el cumplimiento de los
deberes funcionales.
Entre las medidas preventivas que se adoptaron para evitar la ocurrencia de un daño antijurídico en este tipo de operaciones se realizó seguimiento documental bajo los principios que rigen la función pública.
Por esta razón, la Alcaldía Local de Suba actúa conforme a las disposiciones legales vigentes y
a los principios que rigen la contratación estatal al rechazar preventivamente el desembolso hasta tanto la Universidad Nacional de Colombia subsane mediante una nota crédito y/o cualquier otra herramienta la factura coincidiendo con los documentos que acrediten la ejecución real de las actividades y los valores reportados.
Este proceder no configura un incumplimiento por parte de la Alcaldía, sino una actuación
ajustada a la normatividad vigente y orientada a proteger el erario y la confianza pública.
Con esta actuación, la Alcaldía Local de Suba reafirma su compromiso con la ética pública, la
rendición de cuentas y la correcta administración de los recursos destinados al fortalecimiento de las comunidades locales.